CURIOSEANDO EN EL FONDO DOCUMENTAL DEL GOBIERNO CIVIL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS HALLAZGOS…
Los sombreros robados
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LOS SOMBREROS ROBADOS.
UN ROBO A UNA “SOMBRERERÍA AMBULANTE”
Carro cargado de mercancías. Jardín de Gourié, Arucas. 1905
Fotografía: Detalle de la foto Nº 24799, Colección Cronista Oficial de LPGC, Eduardo Benítez Inglott.
[Fuente: Archivo de fotografía histórica de Canarias, FEDAC]
Viendo la cantidad de bultos, cajas y sacos que observamos en la foto superior, podemos hacernos una idea de cómo se transportaban las mercancías de un lugar a otro de la isla en esta época. El suceso que quiero narrarles hoy sucedió en julio de 1914 en un punto entre la carretera que iba desde Arucas a Guía. Los protagonistas de esta aventura son unos sombreros que “volaron” del carro en el que estaban cómodamente instalados y que amablemente “guardaron” dos convecinos de don Bonifacio, el propietario de la mercancía, entiendo que para devolvérselos posteriormente. Los hechos ocurrieron. Los diálogos son inventados para hacer más llevadera la narración de los mismos. Esta es la historia…
Domingo Ponce se levantó, como todos los días, muy temprano. Era una de esas cálidas mañanas de julio del año de mil novecientos catorce. Empezaba para él otra dura jornada de trabajo que incluía: cargar la mercancía, asegurarla bien con sogas para evitar perderla por el camino, comprobar los herrajes de los animales, darles de comer y beber y guiar el carro hasta su destino. Una vez todo estuvo en orden y preparado, tomó las riendas y avanzó lentamente hacia la carretera que le llevaría a Guía. Le gustaba realizar ese trayecto, entre otras cosas, porque obtenía buenos beneficios por la cantidad de comerciantes de ambos pueblos que hacían negocios. Por este motivo, hoy el carro estaba al límite de su capacidad, pero había que aprovechar el viaje. Una vez en Guía comienza a repartir entre sus clientes los pedidos hasta que se da cuenta de que falta una caja, una caja de sombreros y otras prendas de vestir que eran propiedad de don Bonifacio…
[…]
“¡Ñoos, qué calor hace hoy para lo temprano que es!”, iba pensando José mientras se secaba el sudor de la frente con la mano. A la vez que hacía este movimiento, miró hacia delante. A unos cientos de metros de donde se encontraba, justo en la finca agrícola sita en el kilómetro dieciocho que llaman Hoya de la Campana y que pertenece a don Francisco Ruiz, se veía un bulto, algo que parecía una caja. José apresuró el paso. Sí, es una caja de madera. Miró a derecha e izquierda del camino. No había nadie. Había una etiqueta por fuera, pero como no sabía leer le dio igual. Abrió la caja y los ojos se le iluminaron a la vez que se frotaba las manos con avaricia. “Aquí hay mucho dinero”, pensó. Estaba tan absorto contemplando los sombreros que ni había visto que por el camino se acercaba alguien. Al principio se sobresaltó, hasta que se dio cuenta de que era su amigo Antonio.
—¡Pepe!¡Pepe!
—Antonio, ven aquí que quiero hablar contigo —, dijo José con la suficiente voz para que le oyera, pero con una cierta complicidad.
—¿Qué pasa, Pepe, qué tienes ahí? —, preguntó interesado Antonio.
—Ven, tú que sabes leer, ¿de quién es esta caja?
—Esta mercancía no es tuya, Pepe, es de don Bonifacio, el sombrerero, lo pone fuera… ¿cómo es que la tienes tú? ¿la robaste? —, dijo algo nervioso Antonio, pero interesado.
—No, me la encontré en el camino. Mira todo lo que hay. No digas ni una sola palabra de esto a nadie.
—Está bien, Pepe, pero… si no quieres que hable, déjame participar en el negocio.
—Bueno, te dejo dos sombreros. No vendas nada hasta que pase un tiempo.
—¿Y qué pasa si nos pillan?.
[…]
Meses después. Cuartel de la Guardia Civil de Arucas. 24 de febrero de 1915.
—¡Buenos días, don Bonifacio! ¿Qué le trae por aquí?
—¡Buenos días, don Francisco! ¿Cómo está la familia? ¿Recuerda aquellas mercancías que perdí el año pasado en la carretera entre Arucas y Guía?
—La familia bien. Sí, las recuerdo. ¿Aparecieron finalmente?
—Sí, he visto el género en casa de unos vecinos de aquí.
—No se preocupe don Bonifacio, nos indica quiénes son y haremos las gestiones pertinentes.
Y tanto que hicieron las gestiones. Los amigos Pepe y Antonio fueron detenidos, estando encarcelados los días 25 y 26 de febrero de 1915. Se les deja en libertad provisional hasta que sea vista su causa.
Guardias civiles y alguacil del juzgado. 1910
Fotografía: Nº 24665, Colección Ayuntamiento de Valleseco.
[Fuente: Archivo de fotografía histórica de Canarias, FEDAC]
[…]
Dos años después…
24 de septiembre de 1917. Sala primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran canaria. Juicio oral de la causa registrada con el número 18 procedente del Juzgado de Triana, instruida contra los procesados JDP y AGG por el delito de hurto. Preside el Tribunal el señor don Francisco Álvarez Vega acompañado de los Magistrados señor don Julio Ruíz de Luna y señor don Miguel Martínez de Córdoba. Actúa como Fiscal el señor Reinoso y se encargan de la defensa los letrados don José Sintes Reyes y don Francisco López. Hay declaraciones de los procesados, y del testigo don Bonifacio Cabrera Pérez. Los otros dos testigos requeridos, don Antonio Domínguez y don Santiago Santana Falcón, no comparecen y se les impone una multa de 15 pesetas a cada uno.
—Pepe, te lo dije
—¡Cállate, no digas nada! — dijo alzando la voz.
—¡Orden, orden en la sala!. Los procesados no pueden hablar hasta que se les dé permiso para ello — interrumpió sin violencia, pero firmemente el señor Álvarez Vega. — Continúe usted, señor Reinoso.
—Gracias, Señoría. Usted en su calidad de perito ¿en cuánto valoraría el género examinado perteneciente a don Bonifacio aquí presente. Háganos también, si tiene la bondad, una breve enumeración de la mercancía sustraída y su valor aproximado.
—Bien (tose ligeramente), la mercancía robada y que contenía la caja era la siguiente: seis sombreros de fieltro, dos sombreros de paja, dos toquillas de luto de seda y un cuello de hilo. Todo ello…
—Todos ellos artículos de primera calidad, ¿no es así?— matizó el señor Fiscal.
—Sí, sí. Como decía… todo ello está valorado en… — se detiene un momento para mirar una pequeña libreta donde tiene anotada la cifra exacta — en…aquí está…en sesenta y dos pesetas con setenta y cinco céntimos.
—¿Y la mercancía fue devuelta en su totalidad y en perfecto estado?— inquirió el señor Reinoso.
—No, solo se pudieron recuperar los sombreros ya deteriorados.
—Por tanto, ¿su valor ya no es el mismo, no es así?
—Exacto, se produce depreciación de los artículos, en este caso sombreros. Estimo que dicha depreciación es de 27 pesetas, aproximadamente.
[…]
Tras la declaración de testigos y la presentación de las pruebas, el Fiscal pide en sus conclusiones provisionales para los dos procesados la pena de dos meses y un día de arresto mayor, accesorias, costas y 30 pesetas con 50 céntimos de indemnización. Por supuesto, los defensores piden la absolución. El señor Reinoso modifica las conclusiones y pide que se imponga al procesado AGG la pena de 145 pesetas de multa por encubridor del hecho. La causa queda pendiente de sentencia.
[…]
25 de septiembre de 1917. Sala primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran canaria. Sentencia nº. 60.
—Que los acusados se pongan en pie. Yo, don Miguel Martínez de Córdoba, miembro de este Tribunal y en nombre suyo anuncio el fallo de esta causa: “Que debemos condenar y condenamos a los procesados JDP y AGG, al primero como autor de un delito de hurto a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, y al segundo como encubridor del expresado delito a la multa de ciento veinticinco pesetas y, en su defecto por insolvencia, a que sufra un día más de arresto por cada cinco pesetas que dejara de satisfacer, a las accesorias para el primero de repercusión de todo cargo y derecho de sufragio durante el tiempo de condena; a que indemnicen ambos al perjudicado, el primer condenado principalmente y el segundo subsidiariamente en defecto del primero, en la cantidad de treinta pesetas setenta y cinco céntimos también con el apremio personal por falta de pago. Se alza el depósito de los efectos recuperados y queden a la libre disposición de su dueño don Bonifacio Cabrera Pérez; abonamos para el cómputo de la pena dos días que estuvieron provisionalmente presos. Aprobamos el auto de insolvencia. Así por esta sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.
Y así acaba esta pequeña historia de sombreros, que implica a mi abuelo Bonifacio, a sus convecinos y demás personas.
Jesús M. Cabrera.
Mr B Genealogista.
Fuentes:
– Sombreros. (25 de febrero de 1915). El Progreso, p. 2. Recuperado de Jable. Archivo de Prensa Digital de la ULPGC.
– Guardia Civil. (26 de febrero de 1915). La Opinión, p. 2. Recuperado de Jable. Archivo de Prensa Digital de la ULPGC.
– Sucesos. (26 de febrero de 1915). La Prensa, Diario Republicano. p. 2. Recuperado de Jable. Archivo de Prensa Digital de la ULPGC.
– Audiencia. (25 de septiembre de 1917). La Provincia, p. 1. Recuperado de Jable. Archivo de Prensa Digital de la ULPGC.
– Tribunal Superior de Justicia de Canarias (antes Real Audiencia). Sentencias y autos criminales, Volumen I. Año: 1917. Sentencia número 60. Archivo Histórico Provincial de Las Palmas “Joaquín Blanco”.
– Fotografías. Archivo de Fotografía Histórica de Canarias, FEDAC.
¡Qué interesante! Me encantó leerlo. Gracias Jesús
Gracias a ti Andrea. Me alegra que te haya gustado. Buen día de San Juan.
Jesús M. Cabrera
Hola Jesus, Incredulidad y asombro fue lo q sentí al leerlo. A veces se me olvida q nuestros antepasados han tenido una vida y gracias x descubrir parte de ella y q nos quede algo más q su recuerdo. Un abrazo para ti y tu familia.
Muchas gracias Rosa Delia. Otro abrazo para ti.
Enhorabuena Jesús. Sabroso relato.
Muchas gracias Humberto. Un abrazo
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